Abogados expertos en la Ley de la Segunda Oportunidad

Cancela tus deudas con la Nueva Ley de Segunda Oportunidad

Cancelar todas las deudas

Con la Ley de Segunda Oportunidad se pueden llegar a eliminar todo tipo de deudas. Es importante contar con la asistencia de un especialista que pueda analizar tu caso para brindarte la mejor estrategia legal.

Máximo de 18 meses para el proceso

Con las nuevas reformas en la Ley Concursal, se establece un período máximo de 18 meses para desarrollar todo el procedimiento. La eliminación del mediador concursal y el acuerdo extrajudicial de pago agiliza los tiempos.

Más rápido y más sencillo

Se suprime la etapa de acuerdo extrajudicial de pagos y se pasa directamente a fase judicial. Cualquier negociación se realiza directamente en el juzgado con lo cuál todo es más rápido y simple para el deudor. 

Mayor protección para la vivienda

Se puede eliminar las deudas sin necesidad de liquidar tu patrimonio. Para ello, se establecerá un plan de pagos de las deudas restantes de hasta 5 años. Es importante estar al corriente de pagos con la hipoteca.

Cancela 20.000€ de deuda pública

En un principio no se contemplaba la cancelación de deuda pública. Con los nuevos cambios se establece la cancelación de hasta 10.000 euros de Hacienda y 10.000 de Seguridad Social. 

Más económico para el deudor

Ya no se pasa por notario ni mediador concursal (que constituían gastos añadidos) lo que abarata mucho el coste inicial que tenía el acogerse a la ley. Esto constituye casi un 30% de ahorro del valor que se pagaba anteriormente. 

¿Cuándo necesito un abogado experto en Ley de Segunda Oportunidad?

Siempre es aconsejable la presencia de un abogado experto en Ley de Segunda Oportunidad pues es quien puede reunir la documentación necesaria para presentar la mejor estrategia legal para demostrar la insolvencia del deudor y garantizar el resultado que se espera. Te mostramos algunos:

Requisitos para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad

Cómo te ayudaremos

Desde distrito | LEGAL intentamos abarcar los temas más importantes para  nuestros usuarios e intentar resolver sus dudas al respecto de una forma muy simple: 

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Nuestros Expertos

Preguntas frecuentes sobre la
Nueva Ley de Segunda Oportunidad

Cualquier persona física o autónomo.

Tiene un período de hasta 18 meses máximo para resolverse el caso.

Los costes de la Ley de Segunda Oportunidad pueden oscilar entre los 3.500 y los 8.000 euros, dependiendo de cada caso, situación específica y ciudad.

Con la reforma de la ley se introducen cambios significativos. Entre los más importantes, se encuentran:

  • Se elimina la figura de mediador concursal y el notario, por lo que es proceso se hace mucho más rápido y se abaratan los costes.
  • Se regula el tema de la vivienda, en este caso se puede o no perder la propiedad según lo que desee el deudor.
  • Se establece un tope de duración del proceso: un máximo de 18 meses.
  • Se incluyen las deudas con Hacienda y Seguridad Social, un máximo de exoneración de 20.000 euros (10.000 euros por cada una respectivamente).

La nueva Ley de la Segunda Oportunidad establece que puedes pedir la cancelación de las deudas sin tener que entregar tu vivienda habitual.

Se podrá pedir directamente al juez la eliminación de deudas sin necesidad de liquidar tu patrimonio. En estos casos, se establecerá un plan de pagos de las deudas restantes de hasta 5 años.

El procedimiento de L.S.O se aplica cuando cualquier persona física, con o sin actividad empresarial, no puede hacer frente a una situación de deuda, o sea, cuando es insolvente.

Es el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho y es lo que otorga un juez al final del proceso de Ley de Segunda Oportunidad, que exonera de pago, parcial o total, al deudor.

Anteriormente, se necesitaba el mediador concursal en el proceso de Ley de Segunda Oportunidad para la negociación con los acreedores. Luego de la las nuevas reformas, ya no es  necesario en el proceso al eliminarse la etapa de acuerdo extrajudicial. 

Las deudas prescriben en un plazo entre 5 y 20 años, dependiendo del tipo de deuda y siempre y cuando la entidad/organismo a la que se le deba dinero NO manifieste su intención de cobrarla.

  • Deuda hipotecaria: 20 años
  • Con Hacienda y Seguridad Social: 4 años
  • Suministros: entre 3 y 5 años
  • Préstamos personales: 5 años
  • Tarjetas de crédito: 5 años
  • Multas: 4 años
  • Alquileres: 5 años

El tener bienes o no en la Ley de Segunda Oportunidad no es determinante para la exoneración final de las deudas. Al no tener bienes, el juzgado simplemente exonera de pagos al deudor.

Pongamos un ejemplo con una nómina de 1.200 euros. Los 1.000 € correspondientes al Salario Mínimo son inembargables. De los 200 euros restantes, se puede embargar el 30% del salario, en este caso 60 € (30% de 200 €). 

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