Cómo hacer la reclamación de deuda
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" ¿Tienes una deuda pendiente? Existen dos mecanismos para la reclamación de impagos por deudas. Descubre ¡aquí! cómo reclamar tu dinero a los morosos. ¡Infórmate! "

Sufrir la insistencia de que alguien te reclame una deuda nunca es una situación divertida y en muchas ocasiones hay grandes posibilidades de que sus maneras de hacerlo te generen más intranquilidad.

A veces, incluso, el proceso está minado por malas prácticas, por ello es necesario que como deudor sepas cómo se hace la reclamación de una deuda, cuáles son las fases que deberías tener en cuenta si los acreedores te exigen el pago, cuáles son las consecuencias de no responder por tus obligaciones y cómo salir de esa situación. 

¿Cuándo se puede reclamar una deuda?

Si has incumplido el plazo acordado para realizar el pago o el abono a una deuda los acreedores tienen la facultad de reclamar su dinero a través de un requerimiento previo. Si no atiendes a su llamado, pueden comenzar con la reclamación.

El requisito para que este procedimiento se pueda dar es que la obligación corresponda a una deuda dineraria, líquida, o sea que es cuantificable; que sea exigible, lo que se puede demostrar con documentos que legitimen la reclamación como facturas o contratos; que esté vencida, es decir que ya haya caducado el plazo para realizar el pago; y, por último, que sea determinada, lo que se refiere a que hay un monto preciso.

¿Cuánto tiempo se tiene para reclamar una deuda?

En cuanto a las deudas hay un periodo de tiempo en el que es posible reclamarlas, lo que se conoce como prescripción. De acuerdo con su categoría se establece un plazo determinado.

Las deudas personales con carácter general prescriben a los cinco años, así como las rentas de alquiler y las demás que no tienen un plazo de prescripción específico.

Cabe mencionar que estos plazos se interrumpen cuando el acreedor hace algún movimiento para pedir el pago, lo que puede manifestarse en una reclamación extrajudicial.

Reclamar una deuda por vía extrajudicial

Cuando te reclaman una deuda es aconsejable buscar las vías extrajudiciales para llegar a un acuerdo con los acreedores para que puedas abonar o liquidar la deuda antes de que se llegue a trámites legales de los que no podrías salir bien librado.

Fases de la reclamación extrajudicial de deudas

Los acreedores deben seguir ciertos pasos para cobrarte por la vía extrajudicial:

  • Los acreedores comprueban que existe una deuda y cuál es la cantidad adeudada para reclamar por los impagos.
  • Te contactarán para conocer tu situación y por qué no has pagado. Donde también te notificarán que si no respondes por la deuda, podrían ir a los tribunales.
  • Trata de llegar a un acuerdo para el pago, como una modificación de las condiciones o un plan para responder por él.
  • Si no llegan a un consenso podrían contratar los servicios de una empresa de recobro que se encarga de la reclamación a morosos.

Reclamar una deuda por vía judicial

Si haciendo uso de la vía extrajudicial no respondiste por los impagos, pueden iniciar los trámites legales para cobrar la deuda. Dependiendo de su cantidad y la documentación con la que cuenten para comprobar su existencia, tendrán que recurrir a un procedimiento específico.

Procedimiento monitorio

Si la deuda no supera los 250.000 euros, el procedimiento monitorio es al que recurrirán. Para este no requieres un abogado o un procurador, pero en Distrito Legal te asesoramos si no tienes muy claro cómo enfrentarte a la reclamación, contáctanos.

Procedimiento declarativo verbal u ordinario

Para saber si se nos podría cobrar por medio de este procedimiento debemos tener en cuenta dos criterios: la materia o la cuantía de la deuda.

A los juicios ordinarios se acude para reclamaciones de más de 6.000 euros o cuando la deuda se generó a partir de derechos de la persona, cuestiones de naturaleza mercantil o civil.

Mientras te llevan a los juicios verbales para exigir el pago de una cuantía menor a los 6.000 euros o cuando se trata de demandas como tutelas por posesión, contratos de ventas, pensión de alimentos, entre otras.

Procedimiento cambiario

Si las deudas están plasmadas en algún título de valor de la Ley Cambiaria y del Cheque, los acreedores recurrirán al procedimiento cambiario.

importe mínimo para reclamar una deuda judicialmente

¿Cuál es el importe mínimo para reclamar una deuda judicialmente?

La reclamación de deuda por vías judiciales es costosa y demorada, por lo que los acreedores no suelen emprenderlo por cantidades inferiores a los 6.000 euros, ya que solo si es mayor merecería la pena llevarlo a cabo.

En qué momento una deuda se convierte en un delito

Caer en impagos no es un delito, pero si vendes o traspasas tus bienes para que no sean objetos de un embargo, sí se convierte en uno, que se llama delito de alzamiento de bienes.

En conclusión, si no cumples con el plazo pactado para pagar, los acreedores recurrirán a la reclamación de la deuda. Inicialmente está la vía extrajudicial, en la que buscarán demostrar que existe el impago, contactarte e intentar llegar a un acuerdo para que respondas. 

Si no consiguen lo esperado está la vía judicial, de la que echan mano si la deuda es mayor a los 6.000 euros. Y, dependiendo de los documentos con los que cuenten y la cantidad, está el procedimiento monitorio, ordinario o verbal y el cambiario.

Contáctanos para que un abogado especialista te asesore sobre cómo hacer frente a tus obligaciones o te ayude a buscar una vía para cancelarlas.

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