La Ley de Segunda Oportunidad fue creada en 2015 para brindar a los deudores una solución a sus cargas financieras, para que puedan eliminar de forma parcial o total sus deudas.
Para acogerse a esta ley, las personas físicas o los autónomos deben cumplir una serie de requisitos, como: tener más de dos acreedores, ser deudor de buena fe, estar en estado de insolvencia actual o inminente, y no haber cometido delitos económicos.
En el año 2024, las personas insolventes que se acogieron a la Ley de Segunda Oportunidad fueron 25.468, de acuerdo a registros del Observatorio de la Insolvencia Personal.
En 2023, se acogieron 3.728 autónomos y 33.268 particulares. En 2022, se acogieron 5.137 autónomos y 7.397 particulares, mientras que en 2021 fueron 3.512 y 10.006 particulares.
No obstante, pese a que se han acogido tantas personas en nuestro país, sucede que a veces persisten las dudas sobre las consecuencias que tiene acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad.
Por eso, en este artículo abordaremos este tema, respondiendo también a la pregunta de las consecuencias de acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad.
Respondemos a si se pierde o no la vivienda en medio de este proceso, si se elimina la persona de la lista de morosos, y si se puede volver a pedir créditos.
¿Cuáles son las consecuencias de acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad?
Las consecuencias que tiene acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad son varias. La primera y más importante es, como te contamos al inicio, eliminar el total de las deudas o una parte considerable de estas.
El proceso de eliminación de las deudas se puede hacer por dos vías: la primera de ellas es el plan de pagos y la segunda es la liquidación de los bienes del deudor (en caso de que se cuente con alguno).
En el plan de pagos, el deudor puede proteger los bienes que resultan de uso esencial, como su vivienda o su coche en algunos casos. El desarrollo del plan de pagos consiste en los siguientes pasos:
- El Letrado de la Administración de Justicia comunica la propuesta del plan de pago a los diferentes acreedores, quienes tienen un plazo de diez días para manifestar sus reparos.
- Una vez transcurrido el plazo, será el juez el encargado de verificar que se cumplen los requisitos, para conceder o denegar la exoneración provisional del pasivo insatisfecho. Si encuentra modificaciones para hacer a la propuesta, las podrá realizar.
- Tras haber finalizado y dado cumplimiento total al plan de pagos, que generalmente tiene una duración de 3 años, el juez concederá al deudor la exoneración del pasivo insatisfecho.
- La resolución será publicada en el Registro Concursal.
Por su parte, en la liquidación de la masa activa, se usan los bienes que tenga el deudor para satisfacer las deudas que haya contraído con los acreedores.
En esta opción, el proceso es similar al anterior. Así, el Letrado de la Administración de Justicia comparte la solicitud de liquidación a los acreedores, quienes tienen también un plazo de diez días para expresar sus reparos.
Si no hay ajustes, el juez procederá a verificar que se tienen los bienes necesarios para hacer la exoneración. Si después de esta verificación todo está en orden, se pasa a la resolución para finalmente hacer la declaración del concurso.
Cabe resaltar que un deudor que haya optado por el plan de pagos podrá, en cualquier momento, realizar el cambio y solicitar la liquidación de la masa activa.
Otras de las consecuencias que tiene acogerse a esta ley es detener los embargos, ser eliminado del fichero de los morosos como el ASNEF, proteger la vivienda habitual, mejorar el historial crediticio y volver a pedir créditos.

¿Puedo perder mi vivienda si me acojo a la Ley de Segunda Oportunidad?
El perder o preservar la vivienda al acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad, dependerá exclusivamente de la modalidad que elija el deudor para pagar las deudas que tiene, ya sea, como te contamos antes, el plan de pagos o la liquidación de la masa activa.
En la liquidación, la vivienda no suele preservarse, puesto que su desarrollo consiste en que la persona que se acoge use los bienes y propiedades que tenga para saldar las deudas que haya contraído.
Aunque hay excepciones, por ejemplo, cuando el valor de la vivienda es mucho menor al que tenía antes en el mercado por lo cual al venderla no se generaría ninguna ganancia.
Mientras que en el plan de pagos se puede proteger la vivienda de uso habitual, siempre y cuando la persona cumpla con lo acordado y con los plazos de pagos establecidos.
Cuando se opta por salvaguardar la vivienda, el plan de pagos puede tener una duración más larga. Como te mencionamos antes, en general la demora de este suele ser de 3 años, pero con la preservación de la vivienda puede llegar a durar hasta 5 años.
¿Apareceré en listas de morosos tras acogerme a la Ley de Segunda Oportunidad?
Cuando se es deudor, y luego de que el impago sea frecuente a pesar de los constantes cobros, una de las consecuencias más comunes es que se sea incluido en la lista de morosos como CIRBE o ASNEF.
Estar en dichos listados afecta de forma directa la posibilidad de adquisición de créditos, así como el historial crediticio. No obstante, al acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad, la persona es eliminada de estos listados, siempre y cuando haya finalizado todo el proceso.
¿Puedo volver a pedir créditos después de la Ley de Segunda Oportunidad?
Sí, es posible que la persona que se acoge a la Ley de Segunda Oportunidad pueda volver a solicitar créditos. Este es justamente uno de los objetivos de dicha ley: reinsertar a la vida financiera a los deudores.
Se puede lograr la obtención de crédito gracias a que el deudor es eliminado de los ficheros morosos, pero cabe mencionar que puede ocurrir que algunos acreedores o entidades financieras tengan requisitos más estrictos con las personas que se acogieron a esta ley en el pasado a la hora de aprobar préstamos.
A modo de resumen, entre las consecuencias que tiene acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad están: ser eliminado del fichero de morosos, poder volver a solicitar créditos y preservar la vivienda habitual cuando se opta por el plan de pagos.
Si deseas acogerte a la Ley de Segunda Oportunidad para liberarte de tus deudas, contáctanos.