Exonerar las deudas con Hacienda con la Ley de Segunda Oportunidad

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La Ley de Segunda Oportunidad se ha convertido en un salvavidas financiero para muchos, especialmente en tiempos de incertidumbre económica. Sin embargo, una de las cuestiones que suele generar más dudas es la posibilidad de exonerar deudas con entidades públicas, como Hacienda. 

A lo largo de este artículo, exploraremos en detalle cómo funciona este mecanismo legal y qué oportunidades ofrece en relación con las obligaciones tributarias.

¿En qué consiste el beneficio de exoneración?

El beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho, contemplado en la Ley de Segunda Oportunidad, es una herramienta jurídica que permite a personas físicas, autónomos y emprendedores liberarse de la mayor parte de sus deudas tras declararse en concurso de acreedores. Este mecanismo busca que aquellos que se encuentran en una situación económica irremediable puedan tener un nuevo comienzo, sin arrastrar un lastre de deuda que les impida retomar su actividad económica o llevar una vida digna.

Sin embargo, la aplicación de este beneficio no es automática. Requiere de un proceso judicial en el que se demuestre que el deudor ha actuado de buena fe y ha cumplido con una serie de requisitos legales, entre ellos, haber intentado alcanzar un acuerdo extrajudicial con sus acreedores.

¿En qué casos se pueden eliminar las deudas con Hacienda?

Hasta hace poco, las deudas con organismos públicos, como Hacienda o la Seguridad Social, se consideraban inmunes al beneficio de exoneración que ofrece la Ley de Segunda Oportunidad. No obstante, recientes pronunciamientos judiciales han abierto la puerta a que, en ciertas circunstancias, estas deudas también puedan ser exoneradas.

Actualmente, la Ley de Segunda Oportunidad en las deudas con Hacienda funcionría así:

  • Los primeros 5.000 euros quedan cancelados.
  • Desde 5.000 hasta 15.000 euros, se elimina el 50% de la deuda. El otro 50% se cancela a través de un plan de pagos.
  • A partir de 15.000 euros se va cancelando también con el plan de pagos (junto a la mitad de la deuda entre los primeros 5.000 y 15.000 euros).
  • Concluyendo , se pueden exonerar hasta 10.000 euros de deudas con Hacienda, siempre que se deban al menos 15.000 euros a este organismo. En cantidades más bajas, el importe que se podrá eliminar será menor.

Es crucial entender que la posibilidad de exoneración de deudas con Hacienda es excepcional y se evalúa caso por caso. Generalmente, se requiere que el deudor haya mostrado una actitud colaborativa y proactiva en la solución de sus deudas, y que su situación económica justifique la aplicación de esta medida extraordinaria.

Qué dice el Tribunal Supremo

Qué dice el Tribunal Supremo

En este contexto, el Tribunal Supremo ha tenido un papel protagonista. A través de diversas sentencias, ha sentado precedente al interpretar que las deudas con entidades públicas también pueden ser susceptibles de exoneración. El argumento central del Tribunal es que la finalidad de la Ley de Segunda Oportunidad es permitir que una persona, que ha quedado insolvente, pueda liberarse de sus deudas y empezar de nuevo, siempre y cuando se verifique que no existe mala fe o fraude por parte del deudor.

Este enfoque del Tribunal Supremo marca un cambio significativo en la aplicación de la Ley de Segunda Oportunidad, proporcionando un rayo de esperanza a aquellos deudores cuyas finanzas se encuentran asfixiadas también por deudas públicas.

Normativa actual sobre la exoneración de deudas con Hacienda

A pesar de los avances jurisprudenciales, la normativa actual aún establece límites claros en cuanto a la exoneración de deudas con Hacienda. Las obligaciones tributarias y de Seguridad Social se clasifican dentro de los créditos contra la masa y los créditos privilegiados, los cuales tienen prelación en el cobro y, en principio, quedan excluidos del alcance de la exoneración del pasivo insatisfecho.

No obstante, la interpretación de la norma está en constante evolución, y las decisiones judiciales recientes sugieren que, bajo ciertas condiciones, y siempre que se demuestre la buena fe del deudor, incluso estas deudas podrían ser objeto de exoneración. Esto reafirma la necesidad de contar con asesoramiento legal especializado para navegar con éxito el complejo marco jurídico de la Ley de Segunda Oportunidad.

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