Reclamación del IRPF para mutualidades laborales: todo lo que necesitas saber

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Recientemente, el Tribunal Supremo ha emitido sentencias clave relacionadas con las mutualidades laborales y su impacto en el IRPF. Estas sentencias reconocen el derecho a una reducción fiscal para los jubilados que contribuyeron a las Mutualidades Laborales de Banca desde el 1 de enero de 1967 hasta el 31 de diciembre de 1978. Esta reducción también es extensible a otras mutualidades con características similares.

Nos sumergimos en el corazón de esta temática, explorando quiénes son elegibles para realizar estas reclamaciones, cómo se calcula la reducción fiscal, la documentación necesaria, el proceso de reclamación y los beneficios a largo plazo de esta acción. Este análisis proporciona una guía esencial para aquellos que buscan comprender mejor sus derechos y el impacto financiero de estas sentencias en su vida de jubilado.

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¿Quiénes pueden reclamar?

Cualquier persona que haya estado cotizando a una Mutualidad Laboral hasta 1978 y actualmente reciba una pensión puede solicitar esta rectificación en sus declaraciones de IRPF de los últimos cuatro años (2019-2022). Esto incluye no solo a mutualistas de la banca, sino también a aquellos de otros sectores como la construcción, siderurgia, pesca, entre otros​​​​​​.

Debemos agregar que también es necesario ser un pensionista actual, es decir, una persona que esté recibiendo una pensión de la Seguridad Social. Esto se debe a que la reclamación afecta directamente a la tributación de las pensiones.

¿Cómo se calcula la reducción?

El cálculo de la reducción se basa en las aportaciones realizadas y el periodo total de vida laboral. Por ejemplo, si un pensionista trabajó 40 años y contribuyó a una mutualidad durante 11 años, el 27.5% de su pensión actual proviene de esas aportaciones.

Por lo tanto, basándonos en esta proporción, se aplicaría una deducción específica sobre esa parte de la pensión. Según las resoluciones recibidas por parte de la Agencia Tributaria, se está aplicando una reducción del 100% de la parte proporcional de la pensión correspondiente a los años cotizados hasta 1967 y una reducción del 25% por la parte proporcional de la pensión generada entre los años 1967 y 1978​​​​​.

Documentación necesaria

Para presentar una reclamación exitosa, es esencial contar con la siguiente documentación:

  1. Vida laboral completa.
  2. Certificado del importe anual de la pensión.
  3. Modelos 100 del IRPF por los años recurridos.
  4. Certificado de la empresa en la que se trabajó.
  5. Cuenta bancaria para el abono de la devolución.

Además, es posible que se requiera un certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social que acredite las aportaciones a la mutualidad correspondiente​​.

Proceso de reclamación

El primer paso es solicitar la rectificación de la autoliquidación del IRPF por los años no prescritos. Posteriormente, se debe adjuntar toda la documentación necesaria para acreditar el derecho a la deducción fiscal. La Agencia Tributaria tramitará la reclamación y presentará una propuesta de resolución​​.

¿Cuánto tiempo tarda el proceso?

Desde la emisión de la sentencia del Tribunal Supremo, el tiempo promedio para la tramitación de estas reclamaciones es de entre 3 y 6 meses. Este plazo es similar al de las devoluciones de la declaración de la Renta​​.

¿Qué pasa si la persona que aportó a la Mutualidad hubiera fallecido? ¿Se podría reclamar?

¿Qué pasa si la persona que aportó a la Mutualidad hubiera fallecido? ¿Se podría reclamar?

​ Si la persona que aportó a la Mutualidad Laboral ha fallecido, aún es posible realizar una reclamación, aunque hay consideraciones específicas a tener en cuenta:

  1. Periodo de Fallecimiento: la reclamación puede realizarse solo si la fecha de fallecimiento del contribuyente se encuentra dentro de los años no prescritos, es decir, los últimos cuatro años. Esto significa que si el fallecimiento ocurrió antes del 1 de enero de 2018, no se podrá realizar la reclamación​​.
  2. Presentación de la Reclamación por los Herederos: la solicitud de reclamación debe ser presentada por un heredero del fallecido. Esto implica que los herederos deben estar legalmente reconocidos y en capacidad de actuar en representación del fallecido.
  3. Documentación de la Herencia: una vez que la Agencia Tributaria resuelva la reclamación y calcule la cantidad a devolver, los herederos deben presentar el modelo H-100 con documentación complementaria relacionada con la herencia para poder recibir el importe correspondiente.
  4. Inclusión en la Liquidación del Impuesto de Sucesiones: es importante que los herederos incluyan el importe de la devolución en la liquidación del Impuesto de Sucesiones, ya que forma parte del patrimonio del fallecido.

Estas condiciones reflejan la necesidad de un manejo cuidadoso y legalmente informado en casos de fallecimiento del contribuyente, garantizando que los derechos a la reclamación y las devoluciones correspondientes sean correctamente transferidos y gestionados por los herederos.

Beneficios a futuro

Además de la devolución por lo tributado de más en el pasado, los efectos de la reclamación se extienden al futuro en forma de ahorro fiscal. Una vez recibida la estimación de la reclamación, el pensionista consolida un porcentaje de su pensión que ya no tributará en los años siguientes​​.

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