Los procedimientos médicos donde se incluyen tratamientos estéticos deben contar con un consentimiento médico ya que el paciente tiene derecho a ser informado, así se estableció en nuestra legislación en la ley 3/2001, de 28 de mayo, reguladora del consentimiento informado y de la historia clínica de los pacientes, se define el consentimiento en el artículo 3 como:
“El prestado libre y voluntariamente por el afectado para toda actuación en el ámbito de su salud y una vez que, recibida la información adecuada, hubiera valorado las opciones propias del caso”.
Se explica, asimismo, que este será verbal, pero que por regla general se debe presentar por escrito cuando se vayan a realizar intervenciones quirúrgicas, procedimientos diagnósticos y terapéuticos y al momento de realizar procedimientos que supongan algún riesgo sobre la salud del paciente.
Por otra parte, en el citado artículo, se menciona que la prestación del consentimiento informado es un derecho que tiene el paciente y que por lo mismo obtenerlo es un deber del médico. En caso de que el paciente evalúe los beneficios y los riesgos de la intervención o el procedimiento que deba realizarse, y no esté de acuerdo en realizarlo, su negativa también deberá constar por escrito.
Con todo esto en cuenta, y luego de haber definido lo que es el consentimiento informado, vamos a hablar de la importancia de conocer los riesgos de los tratamientos estéticos, los derechos que tiene el consumidor al contratar un tratamiento de este tipo, las consecuencias de una mala información en estos casos, y cómo identificar centros de estética que cumplen con la normativa de información.
¿Por qué es importante informar al consumidor sobre los riesgos de los tratamientos estéticos?
Los tratamientos estéticos son bastante populares en nuestro país, de acuerdo a la Sociedad Española de Cirugía Plástica, Reparadora y Estética (SECPRE), es precisamente en el mes de diciembre donde se realizan el mayor número de intervenciones de este tipo, con un registro de alrededor del 15% y el 20% del total de los tratamientos al año.
Pero, con una frecuencia en la realización de tratamientos de este tipo, y una masividad como la que tienen las clínicas, el consentimiento informado no debe pasar desapercibido, ya que es bastante relevante pues con este, el usuario determina los riesgos a los que se va a exponer en la respectiva intervención.
Y, al tiempo, conoce los derechos que tiene a la hora de optar en sí practicarse o no el tratamiento, de igual forma queda la claridad por escrito del proceso que se realizará.
¿Qué derechos tiene el consumidor al contratar un tratamiento de estética?
Los consumidores tienen varios derechos al contratar un tratamiento de estética, como iniciamos el texto el primero de ellos es a recibir información sobre el procedimiento que se vaya a realizar, en esta información que debe ser brindada por el profesional responsable de la atención deben incluirse los riesgos que tiene el tratamiento, así como los beneficios.
En un segundo punto, el consumidor tiene derecho a ser atendido por personal profesional, a conocer el precio de los procedimientos, a que la información de los resultados esperados tras el tratamiento estético sean reales, y a conocer al detalle las características del servicio que está adquiriendo. De igual manera, en todo momento debe prevalecer el derecho a la salud y el derecho a la integridad de los pacientes.
Sin embargo, al hablar de derechos también es válido recordar que el consumidor tendrá que ser sincero con el profesional que lo esté atendiendo mencionando si está ingiriendo algún medicamento, sustancia, si tiene alergias, o alguna enfermedad que pueda complicar la práctica.
¿Cuáles son las consecuencias de una mala información en tratamientos estéticos?
Como se ha visto hasta aquí, la información y el consentimiento informado es fundamental en los tratamientos estéticos sin importar cual sea, por lo tanto las consecuencias de una mala información son numerosas, para empezar, el usuario no tendrá conocimiento de los detalles del procedimiento que se hará ni de sus riesgos o beneficios.
Otra de las consecuencias es que al tener una mala información se dificultará la comunicación fluida entre el médico y demás profesionales del centro estético y el paciente, y finalmente que a falta de consentimiento se afecta la garantía de calidad con el paciente perjudicando los estándares mínimos de atención que deben brindarse.

¿Qué normativa regula la información al consumidor en tratamientos estéticos en España?
La Ley 3/2001, de 28 de mayo, llamada reguladora del consentimiento informado y de la historia clínica de los pacientes, define dicho consentimiento, así como la información que debe brindarse a las personas.
De igual forma, en el Real Decreto 256/2011, de 28 de febrero, por el que se establece el título de Técnico en Estética y Belleza se fijan las enseñanzas mínimas que deben tener los profesionales de este sector, además de expresar los servicios de postventa, la documentación de seguimiento, el análisis de la información y los informes comerciales.
Así mismo, allí se mencionan los procedimientos para la resolución de quejas y reclamaciones, los elementos de una queja o reclamación, los procedimientos de recogida de las reclamaciones y las fases de la resolución de estas.
¿Cómo identificar centros de estética que cumplen con la normativa de información?
Identificar los centros de estética que cumplen con la normativa de información es muy importante, ya que esta funciona como una especie de garantía del respeto de los derechos del consumidor, además realizar lo establecido en dicha normativa es un indicio de que el centro de estética cumple con el resto de normas exigidas.
Para identificar los centros que cumplen con la normativa se puede empezar por analizar si en el lugar se exhibe el documento que acredita la autorización del funcionamiento, y sus registros sanitarios, si en sus lista de servicios se mencionan los derechos y deberes de los pacientes, si cuentan con espacios para dejar las sugerencias o quejas, entre otros, todo esto da pistas de que se cumple con la debida normativa de información.
Ahora, si ya se está acudiendo a un centro estético al momento de tener las primeras citas el médico debió dar el consentimiento de información mínimamente de forma verbal, si esto no sucedió el paciente puede solicitarlo.
En definitiva, es sumamente importante informar al consumidor sobre los tratamientos estéticos que se vaya a realizar a través del consentimiento de información este es un documento donde se mencionan de forma expresa los beneficios, riesgos y efectos secundarios que va a tener una intervención específica. ¿Tuviste problemas al realizar alguna intervención estética, y deseas demandar? En Distrito Legal podemos asesorarte, tenemos experiencia en la defensa de los derechos de los pacientes, comunícate con nosotros.