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" Cuando un familiar fallece no sólo heredas el patrimonio y los bienes. También se heredan las deudas. Descubre qué deudas se heredan y cómo actuar. ¡Infórmate! "

No son pocos los españoles que se preguntan si se heredan las deudas de un fallecido, especialmente si se trata de alguien de su círculo familiar. Debido a que muchos desconocen el estado real de las finanzas de sus familiares más cercanos y nos llegan muchas preguntas al respecto, hemos decidido exponer aquí todos los pormenores del tema.

¿Qué deudas son hereditarias en España?

Según la ley, en España no heredamos precisamente las deudas. Se heredan las “obligaciones” que tenía el individuo en vida, y entre ellas, están las de carácter financiero. Es decir, todas las deudas se pueden heredar: desde los créditos hipotecarios hasta los préstamos personales.

Ahora bien, ¿qué ocurre si hay varios posibles herederos? Para ello, la ley establece un orden de sucesores que deben tomar la responsabilidad: en el primer orden, estarían los hijos; en segundo orden, los padres, hermanos o ascendientes; en tercer orden, encontramos al cónyuge o pareja.

¡Debes tener cuidado! Las herencias no siempre nos ofrecen ganancias y puede que el fallecido haya dejado más deudas que patrimonio. Si ese es el caso, y la herencia se toma, el patrimonio del heredero puede verse comprometido y tendrá que terminar de pagar lo que falte. Justamente, debido a que hemos tenido muchos casos donde el heredero no está seguro si debe tomar o desestimar la herencia, queremos alertar sobre los cuidados que se den tener en estos escenarios.

Un buen equipo legal puede evaluar la situación y dar un veredicto acerca del estado de la herencia. Con ello, no se tomarán decisiones a ciegas. ¿Sabías que podemos ayudarte en estos casos?

Si las deudas se heredan, ¿puedo rechazar la herencia?

Una de las soluciones para evitar tomar las responsabilidades que tenía el fallecido, es rechazar la herencia. Con ello, se evita que los acreedores puedan vincular a quien sería el heredero con los compromisos financieros que no fueron resueltos durante la vida del deudor.

Quizás puedas pensar que esta acción es absurda, pero puede resultar muy estratégica si las deudas que dejó el fallecido sobrepasan, por mucho, la cantidad de herencia.

Es importante que tengas la asesoría de un equipo jurídico o financiero, para tasar si los bienes que son parte de la herencia constituyen un patrimonio suficiente como para saldar la deuda y obtener alguna ganancia a su vez.

Si la herencia es rechazada, no se pierde en el limbo. Esta pasa a la siguiente línea de sucesores, es decir, de segundo o tercer orden, hasta que alguien se apersone de la situación. 

Alternativas para cobrar una herencia con deudas

Alternativas para cobrar una herencia con deudas

La estrategia más recomendada es aceptar la herencia con beneficio de inventario. Con ello, no se tomarán las responsabilidades del patrimonio del fallecido, hasta que no se conozca la situación real de sus finanzas y saldos pendientes con acreedores.

Una vez se tenga la lista de los bienes que dejó el fallecido, se podrá evaluar la cuantía de los mismos, y hacer una comparación sensata frente a las deudas que este dejó.

Si el patrimonio tiene un valor que excede las deudas, es buena idea aceptarlo, liquidando lo que se considere necesario parar satisfacer a los acreedores. Aún con estas liquidaciones, restará algo que puede ser interesante o de valor para el heredero. Por el contrario, si las deudas exceden por mucho a la herencia, esta se puede rechazar, liquidando sólo el patrimonio del fallecido.

Aunque es la mejor alternativa en tema financiero, tiene un inconveniente: se debe presentar un documento privado a la Agencia tributaria solicitando esta modalidad para aceptar la herencia o elevando un documento público ante el notario, exponiendo la situación. Aunque puedes pensar que “se trata sólo de un papel”, en realidad este trámite puede tardar varios meses, lo que retrasa el obtener la herencia.

Una opción más que se puede poner sobre la mesa, es la de aceptar la herencia y asumir las deudas, por medio de un préstamo bancario o con entidades crediticias rápidas. Esta opción sólo debe considerarse si el objetivo es mantener las propiedades o bienes que dejó el fallecido, para que no sean liquidadas.

Uno de los inconvenientes de esta última opción, es que se debe hacer frente a las deudas con el dinero personal, pagando los intereses y todo lo que ello conlleva. Por ello, es importante evaluar si es una buena idea realizar tal acción.

¿Cuándo prescribe las deudas de una herencia?

Los más “astutos” pueden sugerir que lo conveniente sería esperar a que la deuda prescriba con el tiempo. Lamentamos informales que la ley ha tenido en cuenta esta posibilidad y ha blindado la prescripción de este tipo de deudas por herencia hasta los 30 años. Por ende, no será posible reclamar tal herencia después de esa cantidad de años, cuando ya se ha perdido la soberanía y el derecho sobre ella.

Distrito Legal te ayuda con las deudas heredadas

No tienes que esperar a que una deuda hereditaria prescriba; tampoco debes dejar perder la herencia. Lo mejor es que acudas a nosotros, para que valoremos tu situación. En nuestro ejercicio profesional hemos ayudado a miles de personas que se llenan de deudas, sólo porque sus progenitores fallecieron y no tienen cómo asumir esos compromisos financieros.

Teniendo en cuenta todo lo expuesto con anterioridad, las deudas sí pueden heredarse, independientemente si son créditos por vivienda, personales o hasta por impagos a Seguridad Social. Debido a que su prescripción tarda tanto, lo mejor es tomar cartas en el asunto y buscar mecanismos para cobrar la herencia sin problemas.

Contacta con nosotros, para recibir asesoría sobre este tema. Si tienes una situación similar, podemos asesorarte para cobrar la herencia al lado de nuestros abogados especialistas en el tema. 

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