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Abogados expertos en la Ley de la Segunda Oportunidad

Cancela tus deudas con la Nueva Ley de Segunda Oportunidad

Solución rápida para personas y autónomos

Con la Ley de Segunda Oportunidad se pueden llegar a eliminar todo tipo de deudas. Es importante contar con la asistencia de un especialista que pueda analizar tu caso para brindarte la mejor estrategia legal.

Con las nuevas reformas en la Ley Concursal, se establece un período máximo de 18 meses para desarrollar todo el procedimiento. La eliminación del mediador concursal y el acuerdo extrajudicial de pago agiliza los tiempos.

Se suprime la etapa de acuerdo extrajudicial de pagos y se pasa directamente a fase judicial. Cualquier negociación se realiza directamente en el juzgado con lo cuál todo es más rápido y simple para el deudor.

Se puede eliminar las deudas sin necesidad de liquidar tu patrimonio. Para ello, se establecerá un plan de pagos de las deudas restantes de hasta 5 años. Es importante estar al corriente de pagos con la hipoteca.

En un principio no se contemplaba la cancelación de deuda pública. Con los nuevos cambios se establece la cancelación de hasta 10.000 euros de Hacienda y 10.000 de Seguridad Social.

Ya no se pasa por notario ni mediador concursal (que constituían gastos añadidos) lo que abarata mucho el coste inicial que tenía el acogerse a la ley. Esto constituye casi un 30% de ahorro del valor que se pagaba anteriormente.

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Con la nueva ley, el proceso es más rápido y económico. Te garantizamos la mejor estrategia legal para cancelar tus deudas sin errores ni demoras.

Puedes cancelar todas tus deudas legalmente si eres persona física o autónomo y cumples con los requisitos. Elimina préstamos personales, deudas de tarjetas, microcréditos e incluso parte de tu deuda pública.

Empezamos de cero, recuperas tu tranquilidad. Sin adelantar dinero y sin moverte de casa.

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Te facilitamos el pago con cuotas fijas y asequibles. Realiza solo una mínima provisión de fondos para iniciar el proceso.

Siempre es aconsejable la presencia de un abogado experto en Ley de Segunda Oportunidad pues es quien puede reunir la documentación necesaria para presentar la mejor estrategia legal para demostrar la insolvencia del deudor y garantizar el resultado que se espera. Te mostramos algunos:

  • Para salir del Asnef.
  • Cuando tienes deudas de menos de 5 millones de euros.
  • Cuando tienes 10.000 euros o menos de deuda con Hacienda y la Seguridad Social.
  • Cuando quieres librarte de tus deudas y conservar tu propiedad.
  • Cuando eres insolvente y no llegas a fin de mes por las deudas que tienes.
  • Ser residente en España
  • No tener una deuda superior a los cinco millones de euros
  • No haberse acogido a la Ley de Segunda Oportunidad en los últimos 5 años.
  • No haber cometido infracciones administrativas graves. En caso de tenerlas, hay que abonarlas antes de solicitar la cancelación de deudas.
  • Tener una deuda con dos o más entidades (bancos, financieras, entidades públicas).
  • Ser insolvente.
  • No tener antecedentes penales por delitos socioeconómicos, de falsedad documental, contra el patrimonio, Hacienda o la Seguridad Social o contra los derechos de los trabajadores.

Desde distrito | LEGAL intentamos abarcar los temas más importantes para nuestros usuarios e intentar resolver sus dudas al respecto de una forma muy simple:

  • Nos ponemos en contacto contigo.
  • Realizamos preguntas para asegurarnos que cumples con los requisitos básicos para acogerte a la ley.
  • Te asesoramos y explicamos cómo funciona el proceso de Ley de Segunda Oportunidad.
  • Te ayudamos a eliminar todas tus deudas.
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Xavi Abat. Abogado experto en contenido jurídico desde el 1999, profesor de derecho y divulgador sobre temas legales con más de 1,5 millones de seguidores en RR.SS.

Al frente del Equipo de Reclamaciones de Distrito | Legal, con una amplia experiencia trabajando en tribunales de toda España. Resultados comprobados  y el conocimiento detallado para construir argumentos sólidos para tu caso. 

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Lawtips – Andrés Millán. Abogado colegiado con más de 3.5 millones de seguidores en redes sociales, donde habla de actualidad jurídica y finanzas.

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Preguntas frecuentes sobre la Nueva Ley de Segunda Oportunidad

FAQs

Cualquier persona física o autónomo.

Tiene un período de hasta 18 meses máximo para resolverse el caso.

Los costes de la Ley de Segunda Oportunidad pueden oscilar entre los 3.500 y los 8.000 euros, dependiendo de cada caso, situación específica y ciudad.

Con la reforma de la ley se introducen cambios significativos. Entre los más importantes, se encuentran:

  • Se elimina la figura de mediador concursal y el notario, por lo que es proceso se hace mucho más rápido y se abaratan los costes.
  • Se regula el tema de la vivienda, en este caso se puede o no perder la propiedad según lo que desee el deudor.
  • Se establece un tope de duración del proceso: un máximo de 18 meses.
  • Se incluyen las deudas con Hacienda y Seguridad Social, un máximo de exoneración de 20.000 euros (10.000 euros por cada una respectivamente).

La nueva Ley de la Segunda Oportunidad establece que puedes pedir la cancelación de las deudas sin tener que entregar tu vivienda habitual.

Se podrá pedir directamente al juez la eliminación de deudas sin necesidad de liquidar tu patrimonio. En estos casos, se establecerá un plan de pagos de las deudas restantes de hasta 5 años.

El procedimiento de L.S.O se aplica cuando cualquier persona física, con o sin actividad empresarial, no puede hacer frente a una situación de deuda, o sea, cuando es insolvente.

Es el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho y es lo que otorga un juez al final del proceso de Ley de Segunda Oportunidad, que exonera de pago, parcial o total, al deudor.

Anteriormente, se necesitaba el mediador concursal en el proceso de Ley de Segunda Oportunidad para la negociación con los acreedores. Luego de la las nuevas reformas, ya no es  necesario en el proceso al eliminarse la etapa de acuerdo extrajudicial. 

Las deudas prescriben en un plazo entre 5 y 20 años, dependiendo del tipo de deuda y siempre y cuando la entidad/organismo a la que se le deba dinero NO manifieste su intención de cobrarla.

  • Deuda hipotecaria: 20 años
  • Con Hacienda y Seguridad Social: 4 años
  • Suministros: entre 3 y 5 años
  • Préstamos personales: 5 años
  • Tarjetas de crédito: 5 años
  • Multas: 4 años
  • Alquileres: 5 años

El tener bienes o no en la Ley de Segunda Oportunidad no es determinante para la exoneración final de las deudas. Al no tener bienes, el juzgado simplemente exonera de pagos al deudor.

Pongamos un ejemplo con una nómina de 1.200 euros. Los 1.000 € correspondientes al Salario Mínimo son inembargables. De los 200 euros restantes, se puede embargar el 30% del salario, en este caso 60 € (30% de 200 €). 

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